Publicada la LEY 1/2015, de 1 de
abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena
administración por la Xunta de Galicia.
Un interesante texto que avalaría
la necesidad de introducir la mediación y otros métodos alternativos de
resolución de conflictos en diferentes ámbitos, especialmente en las relaciones
entre los ciudadanos y la administración o en las relaciones inter administrativas.
- La ciudadanía tiene derecho a
que se le garantice la prestación de unos servicios públicos de calidad sobre
la base de la proximidad, la eficiencia, la eficacia y la transparencia.
- Los ciudadanos y las ciudadanas
tendrán derecho a participar en la evaluación de la calidad de los servicios
públicos, a través de los mecanismos diseñados a tal efecto, en la búsqueda de
una mayor responsabilidad y calidad en la prestación de los servicios públicos.
- La atención a la ciudadanía se
configura como el conjunto de medios que el sector público autonómico pone a
disposición de los ciudadanos y ciudadanas para facilitarles el ejercicio de
sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a los servicios
públicos.
- La Administración pública generará los mecanismos
adecuados para alcanzar la calidad de la prestación del servicio, teniendo en
cuenta las necesidades y expectativas de la ciudadanía, a fin de lograr una
relación más sencilla de ésta con la Administración.
Ver fuente: PROCURADORES
Información legislativa de interés correspondiente al día 30 de abril de 2015
DOGA 30/04/2015 I. Disposiciones generales. Presidencia de la Xunta de Galicia
LEY 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración.
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